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Ley 18.033 - Jubilación y pensiones

Lunes 9 de abril de 2007, por Daniel Viñar Ulriksen

Junio 2007: Vence plazo para acogerse a Ley 18.033 relativa a beneficios jubilatorios y pensionarios

¿A quiénes ampara?

A personas que por motivos políticos, ideológicos o gremiales en el período comprendido entre el 09 de febrero de 1973 y el 1 de marzo de 1985, hayan abandonado el territorio nacional y regresado antes del 1 de marzo de 1995, hubieran estado detenidas o en la clandestinidad en dicho lapso o hayan sido despedidas de la actividad privada al amparo del decreto 518/73.

¿Dónde informarse?

Consultar a los sitios en Internet: www.mtss.gub.uy o www.bps.gub.uy donde se podrá conocer texto de la Ley, información general de la Comisión Especial que funciona en Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y documentos relativos a la solicitud de amparo.

Ver en línea : Ley 18.033 - Jubilación y pensiones

P.-S.

Noticia recuperada del portal del MRREE/D20

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