El Martes 20 de abril de 2010, la Corte Internacional de Justicia de La Haya dio a conocer el dictamen sobre el conflicto que opone Argentina y Uruguay :
Uruguay no tendrá que relocalizar la planta de celulosa de Botnia, como demandaba Argentina ; ni siquiera tendrá que pagar una indemnización. La sentencia concluyó que la fábrica no ha afectado la calidad de las aguas del río Uruguay, ni su fauna ni su flora, y destacó que mediante los controles de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) nuestro país cumplió con la sustancia del Estatuto del Río Uruguay en cuanto a la preservación del medioambiente.
De todos modos, paralelamente, el tribunal señaló que Uruguay incumplió el Estatuto en sus aspectos de procedimiento. En particular, el dictamen remarca que, tratándose de proyectos industriales a instalarse sobre el río compartido, el gobierno de nuestro país no respetó los mecanismos de información y consulta a Argentina que debieron haberse realizado a través de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU).