Establecer un sistema de apoyos económicos que estimule la dedicación a la producción de conocimientos en todas las áreas del conocimiento, que serán otorgados por procedimientos concursables.
El Gabinete Ministerial de la Innovación (GMI) establecerá, con el asesoramiento del CONICYT, las orientaciones políticas en cuyo marco actuará la ANII, y el reglamento de funcionamiento del SNI.
El Sistema Nacional de Investigadores será conducido por una Comisión Honoraria designada por el Gabinete Ministerial de la Innovación. Esta comisión estará integrada por cinco miembros, uno a propuesta de la Universidad de la República, dos a propuesta del CONICYT y dos propuestos por el directorio de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, uno de los cuales actuará como coordinador.
Ley 18.172 del 30/08/07, Art. 305
Bases de la Convocatoria al Registro en el Sistema Nacional de Investigadores
La Comisión Honoraria del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) llama a aspirantes para integrar el Sistema en las siguientes dos categorías:
• Investigadores Activos , aquellos que residen en el país
• Investigadores Asociados , residentes en el exterior.
A tales efectos, los interesados deberán:
• Ingresar su Currículum Vitae en forma electrónica en el sistema CVuy, disponible en http://www.anii.org.uy/cvuy/enlinea.php
• Presentar su aspiración al SNI en el formulario en línea http://www.anii.org.uy/sni
Allí se deberá indicar la categoría (Activo o Asociado) de la postulación y el área principal de actividad del interesado, entre las 6 áreas que se han definido para el Sistema.
El plazo de presentación de esta convocatoria para Investigadores Activos es entre el 26/8/2008 y el 26/9/2008.
:: NOTA :: Los candidatos a Investigadores Asociados (residentes en el exterior) podrán registrarse en el presente año hasta el 15 de diciembre de 2008.
IMPORTANTE:
• La versión del CVuy disponible a la fecha del cierre se tomará como base de la evaluación, no considerándose actualizaciones posteriores.
• La misma tiene carácter de Declaración Jurada.
• La Comisión Honoraria se reserva el derecho de solicitar material probatorio de la información declarada.
CVuy - FORMULARIO DE REGISTRO SNI
Decreto de conformación de la Comisión Honoraria del SNI
Reglamento SNI