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Por el voto en el exterior

Carta abierta de la ciudadanía del exterior al Presidente Mujica

Se recogen adhesiones

Sábado 1ro de marzo de 2014, por Fernanda Mora

Estimado Presidente del Uruguay José Mujica,

Nos dirigimos a Usted luego de nuestros intercambios en el marco del 5° Encuentro de Consejos Consultivos de diciembre 2013 en Uruguay.

Constatamos con gran decepción que la Comisión Especial para Estudio del Voto de los uruguayos en el Exterior, de la Asamblea General, instalada el 23 de septiembre 2013, al cabo de cuatro sesiones no alcanzó mínimos acuerdos, sin contar a la fecha con una nueva convocatoria. Por tanto, consideramos que el proceso de intercambios y de búsqueda de consensos iniciado en 2013 a nuestra iniciativa, está momentáneamente estancado por esta vía.

Corresponde entonces al Poder Ejecutivo enviar sin tardanza al Parlamento un proyecto de ley de voto consular que salde este asunto en el correr de la actual legislativa, con aplicación para las elecciones del 2019, para que sea debatido ampliamente y aprobado en este ámbito. Estamos convencidos de que con una determinación firme y serena en este sentido se logrará el apoyo de todos aquellos parlamentarios que, sin distinción partidaria, reconocerán en su fuero interno la íntima convicción de que se trata de una causa nacional que merece ser resuelta de una vez por todas.

No hay oposición constitucional al voto en el exterior
Amparados en las investigaciones de prestigiosos constitucionalistas (E. Gros Espiell, A. Pérez Pérez entre otros), afirmamos que no hay oposición constitucional al voto en el exterior en el marco normativo nacional, porque la Constitución nacional establece que:

  • Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes (Artículo 8 ).
  • Tanto los ciudadanos naturales como los ciudadanos legales son uruguayos (Artículos 73, 74, 75).
  • Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación, como tal, es elector en los casos y formas que se designarán (Artículo 77).
  • El voto es obligatorio (Artículo 77/2°).
  • La residencia en el exterior no forma parte de la lista de causas de suspensión de la ciudadanía (Artículo 80).
  • La nacionalidad no se pierde por residir en el exterior, contemplándose el avecinamiento a través de la inscripción en el registro cívico (Artículo 81).

Por tanto, consideramos que aquellos que esgrimen hoy el argumento de que hace falta una reforma constitucional para implementar el voto en el exterior nos exponen a una situación que no será resuelta ni en décadas, dadas las escasas ocasiones en las cuales se ha reformado la Constitución anteriormente y las engorrosas negociaciones que un tal proceso implicaría sin necesidad alguna.

Implicaciones y desafíos
Afirmamos que la implementación del voto extraterritorial representa en el contexto uruguayo:

  • el saldo de una deuda nacional con la diáspora que colabora día a día, año tras año, al desarrollo y a la inserción internacional del país, siendo una respuesta justa al reclamo y anhelo de los compatriotas del exterior desde hace décadas;
  • el cumplimiento de los compromisos internacionales del Uruguay;
  • una salida honrosa y definitiva de una inmensa soledad en Latinoamérica, puesto que el Uruguay será próximamente el único país sin habilitar el voto en el exterior;
  • el abandono del vergonzoso club de los pocos países de débil democracia que aún no lo han implementado (Arabia Saudita, Corea del Norte, Nigeria, …)
  • un avance democrático, al ampliar la participación ciudadana en los procesos electivos,
  • la consolidación de una identidad nacional inclusiva e igualitaria,
  • el reconocimiento de la ciudadanía del exterior como un componente de la Nación.

Erradicar una discriminación

Significa el ansiado fin de una discriminación a la que son sometidos injustamente más de 500 000 ciudadanos uruguayos, que representan nada menos que 15% de la población del Uruguay, que pueden votar solamente si sus recursos financieros y su situación laboral les permiten ir dos veces al Uruguay, la primera para regularizar su credencial cívica, la segunda para el ejercicio del voto. En resumidas cuentas, los uruguayos del exterior votan sólo si son ricos y la inmensa mayoría no puede cumplir con el deber ciudadano que implica la obligatoriedad del voto. Es sencillamente inadmisible e incompatible con los valores y principios democráticos que todo uruguayo defiende y valora, sin distinción alguna entre partidos, categorías sociales, género, edad, religión.

Por eso debemos ser escuchados, nuestros reclamos deben ser atendidos seriamente ahora, antes del fin de su mandato, para el fortalecimiento de los logros de la democracia en nuestro querido país.

Sería una inmensa decepción para todos aquellos que, tanto adentro como fuera del país, luchan desde hace tanto tiempo y sin descanso por cambiar esta situación injusta, que el silencio ensordecedor y la inercia actual del sistema político se llegara a instalar durablemente sobre nuestra causa.

Sería además una afrenta a nuestras familias y a nuestros amigos que nos apoyan, incentivando el descreimiento en el sistema político, favoreciendo finalmente la no participación en la vida cívica y política, que constituye el mayor riesgo de toda democracia.

No solicitamos un privilegio, reclamamos la habilitación de nuestros derechos cívicos y políticos.

Por todas estas razones, Señor Presidente, confiamos en el mantenimiento de su palabra en diciembre 2013, integrando la respuesta a nuestro reclamo a las prioridades de su mandato en este año: “el voto en el exterior es una deuda nacional”… “tomo a cargo personalmente sus reclamos”.

En la espera de una pronta, positiva y concreta respuesta, rogamos reciba, Señor Presidente, nuestros mejores saludos ciudadanos.

Coalición Ronda Cívica por el Voto en el Exterior-Uruguay

La coalición Ronda Cívica por el Voto en el Exterior reúne organizaciones de la sociedad civil uruguaya, en Argentina, Brasil, España, Estados Unidos de América, Francia, Italia, México, Paraguay, Suecia, Uruguay. La coalición está constituida por los Consejos Consultivos de Bahía, Buenos Aires, Córdoba (Argentina), Gotemburgo, La Plata, México, Nueva Jersey, Paraguay, París, Río de Janeiro/Espíritu Santo, Rosario, Tenerife. Asociaciones : Casa Uruguay de Tenerife, Casa de la Amistad Uruguay-Méjico, Asociación Amigos de Uruguay en Vigo, Grupo de Retornados a Uruguay, Asociación Cultural Italia-Uruguay, Casa Uruguay Barcelona, Asociación Franco/Uruguaya, Candombe Sur (Paraguay). Y numerosos adherentes a título personal.

Contactos:

Fernanda Mora, delegada Consejo Consultivo de París.

Jorge Eiris, delegado Consejo Consultivo de Córdoba.

Gustavo Schroeder, miembro de la Coordinadora por el Voto en el Exterior.

Correo electrónico: rondacivica@yahoo.com.ar

Sitios Internet de referencia:

http://www.d20.org.uy/

http://www.uruguayos.fr/

Página Facebook:

Ronda Cívica Por El Voto En El Exterior Uruguay

Marzo 2014

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