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Información acerca de los Consejos Consultivos

Viernes 16 de junio de 2006

En la réunión del 16 de Junio se distribuyó el documento siguiente, extraído del sitio del MRREE dedicado al D20 y cuyo contenido se retoma a continuación.

Info CC

También se distribuyó a destinación de quienes quiran participar al Consejo Consultivo el siguinte formulario:

Inscripción CC

¿Qué son los consejos consultivos ?

Los Consejos Consultivos están concebidos como típicos organismos de la sociedad. Ni responden ni están subordinados al Estado. El sentido de su existencia es la unión de la colectividad uruguaya en donde sea que esté y en particular si existe en el lugar una representación del Servicio Exterior en tanto la expresión del Estado uruguayo. Se trata de un ámbito en donde sea en exclusiva la calidad de ciudadano uruguayo la condición para su pertenencia. Un espacio de unidad nacional necesariamente amplio para la gran pluralidad de posiciones políticas, religiosas, filosóficas y de distintas sensibilidades. Para que ello sea posible, se ha definido que el reconocimiento de los Consejos Consultivos como los interlocutores legítimos del Estado uruguayo expresado en sus oficinas del Servicio Exterior, solamente debe cumplir con unos pocos preceptos muy generales pero indispensables que pueden resumirse en dos grandes definiciones:

  • La inclusión de la totalidad de la colectividad uruguaya en el lugar que manifiesta su voluntad de participar
  • El respeto a una forma de funcionamiento democrático y transparente que se exprese en elecciones periódicas de sus autoridades, funcionamiento abierto y cristalino, rendición de cuentas y en general los grandes preceptos muy bien conocidos en cuanto a un forma funcionamiento claramente democrática.

¿Cómo funcionan?

Será cada Consejo Consultivo en su propio ámbito y de acuerdo a las específicas características de los distintos lugares, los que decidirán el estatuto concreto de funcionamiento, su aprobación y su puesta en práctica.

Habiendo revisado varias experiencias internacionales de estados que han definido modalidades de relacionamiento con sus connacionales en el exterior, se consideró que lo más coherente con la propuesta global de este gobierno implicaba una gran flexibilidad y respeto por la auto organización de las colectividades para garantizar su protagonismo autónomo y activo. Para ello es que en primer término debe aceptarse que la organización en Consejos Consultivos es un acto de voluntad y no de imposición y en segundo término, en caso de darse, el estatuto de funcionamiento y su agenda de actividades son enteramente autónomos y flexibles encontrando sus límites exclusivamente en las grandes definiciones que se mencionaban en cuanto a la plena inclusión de todos los connacionales y la forma democrática de funcionamiento.

De manera expresa no se ha deseado construir el vínculo institucional a partir de una alianza con las organizaciones existentes. Todas ellas son plenamente válidas y dignas de respeto, pero la organización de las colectividades debe ser un ámbito mucho más amplio y plural que estas asociaciones. Seguramente habrán de cumplir un importante papel en la organización de las colectividades como ya lo han venido haciendo y está fuera de toda duda la continuidad de su vigencia en el nuevo contexto como dinamizadores de la vida de la diáspora y espacios particularizados para sensibilidades específicas que encuentren allí afinidades más profundas que meramente la nacionalidad.

Una instancia ciudadana

Los Consejos Consultivos ni sustituyen ni determinan la estructura funcional del Servicio Exterior, el que es parte del Estado y se haya sujeto a las normas de profesionalidad de todo el funcionariado público. En su relación con las oficinas de este Servicio Exterior, los Consejos serán instancias ciudadanas que estarán comunicando sus deseos, propuestas, demandas o sugerencias, las que serán debidamente apreciadas por las autoridades consulares como lo deben ser en todos los ámbitos de la gestión estatal por parte de cualquier ciudadano.

Por su parte en su agenda de prioridades y programa de realizaciones, los Consejos Consultivos serán enteramente resolutivos en tanto actores autónomos que deciden sus acciones y solamente deberán rendir cuentas ante sus integrantes.

Adicionalmente, una vez consumado el reconocimiento de los derechos políticos que hoy no se pueden ejercer cuando se reside fuera del país, desde los Consejos Consultivos también habrá oportunidad de contribuir a esta participación política tan anhelada.

Una condición de estos consejos es el Registro de Nacionalidad y Ciudadanía. A través de este registro se pretende reafirmar la vinculación de los uruguayos del exterior. No se trata de una información sociológica , se busca convocar a una formalidad con valor jurídico y vinculante que va mucho más allá que el interés por conocer el número y las características de la diáspora. Además de proporcionar información en tal sentido, a través del registro se persigue alentar esa reafirmación de la nacionalidad en la nueva ingeniería institucional que implica el Departamento 20.

Competencias

Es importante destacar que los Consejos Consultivos pueden tener un ámbito de competencia muy amplio, tanto como lo encuentren deseable o realizable. En primer lugar, es claro que deberán de jugar un papel muy importante en la contribución al mejor funcionamiento del Servicio Exterior.

Se trata de comenzar a funcionar conjuntamente con estas oficinas para sugerir cambios y mejoras, advertir de carencias, señalar vacíos, etc, constituyéndose en un referente de la sociedad civil con respecto a estas oficinas estatales que por su localización fuera del país nunca habían tenido la posibilidad de beneficiarse con un sano y respetuoso control ciudadano que estuviera permanentemente operando para mejorar y lograr una gestión más eficiente y con el debido espíritu de servicio que debe caracterizar a toda función pública.

La experiencia de la descentralización municipal de Montevideo fue muy reveladora de la potencialidad de este control ciudadano a efectos de potenciar, dignificar y mejorar la gestión estatal.

Pero estos

Consejos Consultivos

pueden y deben ser mucho más que esto. Son espacios para cultivar el encuentro y la recreación entre la colectividad, promover la solidaridad con el Uruguay, desarrollar la difusión de nuestra cultura dentro y fuera de la colectividad, promover el comercio exterior uruguayo e inversiones hacia el país, generar servicios que surjan importantes y necesarios para la colectividad, movilizarse para la solución de problemas existentes ante las autoridades del país de acogida o ante el Estado uruguayo, para señalar solamente algunos de los aspectos que en el presente ya existen como tópicos de interés entre los uruguayos del exterior.

Consejos Consultivos Creados

  • CC MELBOURNE, AUSTRALIA
  • CC NEW ENGLAND, ESTADOS UNIDOS
  • CC ILLAWARRA, AUSTRALIA
  • CC SYDNEY, AUSTRALIA
  • CC, NEW YORK, NEY JERSEY, CONNECTICUT,PENNSYLVANIA
  • CC MEXICO D.F, MEXICO
  • CONSEJO CONSULTIVO DE VALENCIA, VENEZUELA
  • CONSEJO CONSULTIVO DE GOTEMBURGO, SUECIA

CC TODAVIA NO CONSTITUIDOS PERO EN VISPERAS DE CREARSE:

  • GALICIA
  • PAIS VASCO
  • BUENOS AIRES
  • PELOTAS
  • ASUNCION
  • TULUCA

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