Dirección de Vinculación - Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay
Estimadas y estimados compatriotas
comparto con ustedes la modificación que se le hizo a la Ley Nº 16.021, de Nacionalidad y Ciudadanía.
Desde la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación se propuso la reducción del plazo de un año exigido por la Corte Electoral para tramitar el Certificado de Avecinamiento.
El mencionado Certificado lo deben tramitar los hijos de uruguayos nacidos fuera del país y lo tienen que hacer una vez que vienen a residir al país, una vez obtenido el mismo estarían en condiciones de tramitar su Credencial Cívica.
Este documento es solicitado para poder dar los concursos de ingreso al Estado.
Con la reducción del lapso de un año a tres meses se agiliza la obtención de la Credencial Cívica y se posibilita el poder presentarse a los concursos de ingreso al Estado.
Reciban todas y todos un abrazo cargado de afectos.
Gerardo Pérez