EL DESEMBARCO EN LA PLAYA DE LA AGRACIADA
El 19 de abril de 1825 es la fecha en que desembarcan
en la playa de la Agraciada los Treinta y Tres orientales al
mando de Juan Antonio Lavalleja.
En 1820 el ejército portugués derrota a las fuerzas artiguistas y la Provinica Oriental pasa a integrar la Provincia Cisplatina quedando en manos de las fuerzas portuguesas.
En 1822 el Brasil se independiza del Portugal, las fuerzas brasileñas que integraban el ejército estaban a favor del movimiento independentista en tanto que las fuerzas portuguesas apoyaban a la corona de Portugal.
Aprovechando este conflicto interno entre las fuerzas lusas un grupo de orientales intenta un levantamiento que fracasa en 1823.
Los revolucionarios huyen a Buenos Aires y preparan desde allí la cruzada libertadora de 1825.
JUAN ANTONIO LAVALLEJA
Juan Antonio Lavalleja nace un 24 de julio de 1784, en su adolescencia ayuda a su familia en los negocios rurales.
En 1811 apoya a Artigas en la Revolución Oriental integrando sus filas.
Se casa con Ana Monterroso en 1817.
Luego de integrar el fallido alzamiento de 1823 contra los portugueses, viaja a Argentina donde dirige y organiza la Cruzada Libertadora.
LA CRUZADA
En Buenos Aires planean el complot y reciben ayuda del pueblo para conseguir armas. Los jefes más importantes fueron, además de Lavalleja, Manuel Oribe, Pablo Zufriategui, Manuel Lavalleja, Manuel Freire y Francisco Trápani.
El grupo se dividió en dos lanchones llegando a la Playa de la Agraciada (en el actual departamento de Soriano).
El levantamiento se extendió a todo el territorio.
Luego de la Cruzada se instaló un Gobierno Provisorio que llamó a elecciones y se formó una Sala de Representantes.
LAS LEYES DEL 25 DE AGOSTO
La sala de Representantes fue el primer Poder Legislativo que se encargaba de hacer las leyes. Esta sala crea las leyes del 25 de Agosto de 1825.
LEY DE UNIÓN:
La Provincia Oriental resuelve volver a unirse a las Provincias Argentinas a las que que habia pertenecido desde siempre.
LEY DE INDEPENDENCIA:
Se anula todo acto de unión o incorporación a Portugal y Brasil y se declara la Provincia Oriental LIBRE E IDEPENDIENTE de todo poder extranjero.
LEY DE PABELLÓN:
Se usará provisoriamente la bandera de tres franjas, celeste, blanco y punzó que había sido usada por los “Treinta y Orientales”.